Homologación individual: cuándo la necesita un coche importado

Un coche importado necesita una homologación individual o, si ya estaba matriculado, una autorización de puesta en circulación, cuando no tiene una homologación válida en España: por ejemplo, un coche fabricado para el mercado estadounidense, sin homologación de tipo europea ni certificado de conformidad (CoC). Si el coche viene de otro país de la Unión con su CoC, no la necesita: el CoC sustituye a la ficha reducida en la ITV. Entre ambos extremos están los coches homologados de forma individual en otro país del Espacio Económico Europeo, que necesitan una autorización de equivalencia de la autoridad española.
Qué es la homologación individual
El Real Decreto 750/2010, que regula los procedimientos de homologación de vehículos, la define como el procedimiento por el cual se certifica que un vehículo en particular, ya sea singular o no, cumple las disposiciones administrativas y requisitos técnicos de esa norma. A diferencia de la homologación de tipo, que aprueba un modelo fabricado en serie, la individual se refiere a una unidad concreta.
La concede la autoridad de homologación, que en España es el Ministerio de Industria. Y puede eximir a ese vehículo de cumplir algunos actos reglamentarios siempre que cumpla los requisitos alternativos que fija el propio real decreto.
Cuándo no la necesitas
Para un coche que ya estuvo matriculado en otro país del Espacio Económico Europeo, el real decreto exige que disponga de una de estas homologaciones: de tipo CE, de tipo española, de serie corta española o individual española. Si tiene una serie corta o una homologación individual de otro Estado del EEE, tienen que haber sido aceptadas antes por la autoridad española.
- Con homologación de tipo CE y CoC. Es el caso habitual de un coche europeo. En la inspección técnica unitaria previa a la matrícula, el CoC se acepta como sustitutivo de la ficha reducida. Lo explicamos en qué es el certificado de conformidad.
- Con homologación individual o serie corta de otro Estado del EEE. Hace falta una autorización de equivalencia otorgada por la autoridad de homologación española, que se presenta en la ITV.
En el permiso de circulación europeo, el número de homologación va en el código K, si se conoce, y el manual de las estaciones ITV pide comprobar si ese apartado recoge una contraseña de homologación válida en España. Te contamos cómo leerlo en el permiso de circulación de un coche alemán.
Coches ya matriculados sin homologación válida en España
Para los coches ya matriculados que llegan sin una homologación válida en España, la Dirección General de Industria aprobó la Resolución de 25 de octubre de 2019. Distingue dos casos:
- Matriculados antes en el EEE. Necesitan una autorización de puesta en circulación otorgada por la autoridad de homologación, y deben cumplir los requisitos técnicos aplicables a la fecha de su primera matriculación en el EEE. Si el coche tiene una homologación nacional de otro Estado del EEE, puede aportar los informes de los ensayos que se hicieron para obtenerla.
- Matriculados solo en terceros países. También necesitan esa autorización, pero los requisitos se miden a la fecha de su primera matriculación en España.
La resolución recoge salvedades técnicas por categoría de vehículo. Para turismos, por ejemplo, admite en algunos ensayos alternativas como la conformidad con el California Code of Regulations para las emisiones de CO2 y el consumo, o declaraciones del fabricante sobre el cumplimiento de normas federales estadounidenses (FMVSS) para el depósito de combustible o el frenado.
Y si en el permiso del país de origen consta una baja por cualquier motivo distinto de la exportación, hay que aportar además un documento oficial de ese país que acredite que el coche es apto para circular allí.
Cómo se obtiene la homologación individual española
Según el Real Decreto 750/2010, el interesado presenta ante la autoridad de homologación:
- la solicitud de homologación individual del vehículo;
- la inscripción en el Registro de fabricantes y firmas autorizadas, que puede omitirse cuando la solicitud la formula el titular del vehículo o quien le represente;
- la ficha reducida, sellada por el servicio técnico;
- y el acta de ensayo de homologación individual expedida por el servicio técnico, con los requisitos de los anexos que correspondan.
Si se cumplen esos requisitos, la autoridad concede la homologación individual para esa unidad y le asigna un número de homologación. Con ella se pide la inspección técnica unitaria: el real decreto prevé que, en el caso de homologación individual española, se presente la resolución de la autoridad de homologación. Si la inspección es favorable, se emite la tarjeta ITV. Lo que piden en la estación lo vemos en la ITV de un coche importado.
La homologación individual de la UE
El Reglamento (UE) 2018/858 regula dos figuras:
- La homologación de vehículo individual UE. La pueden solicitar el propietario del vehículo, el fabricante, su representante o el importador, y los Estados miembros deben permitir la matriculación de los vehículos con un certificado válido de este tipo. El manual de las estaciones ITV lo recoge como certificado CE de homologación de un vehículo individual según el modelo «D».
- La homologación de vehículo individual nacional. Su validez se limita al Estado miembro que la concede. Los demás Estados deben permitir la matriculación del vehículo salvo que tengan motivos razonables para considerar que los requisitos en que se basó no son equivalentes a los suyos o que el vehículo no los cumple. En España, esa aceptación es la autorización de equivalencia que ya hemos visto.
Si te mudas a España con tu coche
Hay una vía específica. Los vehículos de uso particular matriculados en el EEE o en terceros países a nombre de personas físicas que trasladan su residencia a España pueden matricularse aquí a nombre de esa misma persona. En la inspección técnica unitaria se presenta la ficha reducida y la documentación original del vehículo en la que conste como titular quien solicita la inspección, y estos vehículos pueden, excepcionalmente, carecer de número de homologación. La parte fiscal la contamos en la exención por traslado de residencia.
Errores que conviene evitar
- Comprar un coche de otro mercado sin mirar su homologación. Si no tiene una válida en España, la matrícula exige autorización y ensayos.
- Dar por buena una homologación individual de otro país. En España necesita una autorización de equivalencia.
- Olvidar el certificado de conformidad. En un coche con homologación de tipo CE, es el documento que evita la ficha reducida.
- No revisar si el coche figura de baja en origen por un motivo distinto de la exportación: hará falta acreditar que es apto para circular allí.
Para el proceso completo con coches de fuera de la Unión, incluida la aduana, mira importar un coche de fuera de la UE. Ante un caso concreto, consulta al Ministerio de Industria, a un servicio técnico o a la estación ITV.
Fuentes consultadas
Comprobadas el 11 de octubre de 2026. Enlazamos la fuente original para que puedas consultar el texto vigente.
- Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques (texto consolidado). BOE.
- Directiva 1999/37/CE del Consejo, relativa a los documentos de matriculación de los vehículos. DOUE (vía BOE).
- Manual de procedimiento de inspección de las estaciones ITV, versión 7.9 (en vigor desde el 1-ene-2026). Ministerio de Industria y Turismo.
- Resolución de 25 de octubre de 2019, de la Dirección General de Industria y de la PYME, sobre requisitos técnicos para la homologación nacional y la puesta en circulación en España de vehículos ya matriculados en otros Estados. BOE.
- Reglamentación y homologación de vehículos (normativa vigente). Ministerio de Industria y Turismo.
- Reglamento (UE) 2018/858, de 30 de mayo de 2018, sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor. DOUE (vía BOE).
Preguntas frecuentes
¿Necesita homologación individual un coche comprado en Alemania?
No, si tiene homologación de tipo CE y certificado de conformidad (CoC): en la inspección técnica unitaria el CoC sustituye a la ficha reducida. Si fue homologado de forma individual en otro país del EEE, necesita una autorización de equivalencia de la autoridad española.
¿Quién concede la homologación individual en España?
La autoridad de homologación, que en España es el Ministerio de Industria. Se solicita con la ficha reducida sellada por un servicio técnico y el acta de ensayo de homologación individual.
¿Qué pasa con un coche ya matriculado fuera de la UE que no tiene homologación válida en España?
Necesita una autorización de puesta en circulación de la autoridad de homologación y cumplir los requisitos técnicos correspondientes a la fecha de su primera matriculación en España, con las salvedades de la Resolución de 25 de octubre de 2019.
¿Hay alguna excepción si me mudo a España con mi coche?
Sí. Los vehículos de uso particular matriculados fuera a nombre de quien traslada su residencia a España pueden matricularse a su nombre y, excepcionalmente, carecer de número de homologación.